Quiebra de una empresa y proceso de suspensión

La quiebra de una empresa tiene que ver con el manejo interno y las distintas competencias en el ramo, para eso es necesario conocer los tipos y efectos que se detallaran en el presente artículo.

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La declaración de quiebra todos los bienes pasan al control del síndico

Quiebra de una empresa

La quiebra de una empresa, es una situación legal  cuando no puede hacer frente a las responsabilidades y obligaciones económicas porque estos deberes son mayores con respecto a la disposición de sus activos disponibles, es decir, la firma se encuentra en bancarrota, también se le conoce como fallido; cuando el fallido se encuentra en ruina se emana a un de procedimiento concursar, para verificar si la empresa  puede asumir sus obligaciones de pagos pendientes.

Las características de la quiebra de una empresa refieren a una situación de insolvencia en general que lo diferencia de la pura suspensión de los pagos; donde puede ser una deuda permanente en el tiempo;  está dispuesta a ser valorada imparcialmente por medio de los hechos que indican la quiebra; es de tal tamaño  que a simple vista se observa que no es salvable por el fallido.

Dentro de los planes y proyecciones de una empresa se encuentra las tomas de decisiones acertadas para que puedan influir en las financias y la evolución administrativa de sus objetivos y cumplir con cada una de sus obligaciones.

Estimado lector le invitamos cordialmente a disfrutar, pasar y leer nuestro artículo sobre plan financiero de una empresa para así poder aprender sobre la importancia de las tomas de decisiones.

Características

Las distintas características de una quiebra la hacen una realidad única, por ende, diferente a otras; estas son las siguientes:

Situación irreversible

Después que una compañía se declara en quiebra, esta firma debe estar abocada a su disipación; efectivamente, lograrán surgir otras empresas, pero esta que ha sido declarada en quiebra no volverá a funcionar porque el significado de quiebra es permanente.

Activos y pasivos

Al hacer referencia de los activos como muebles, edificios, efectivo, naves y otros;  aunque exista gran cantidad de bienes donde se les hace los cálculos de depreciación de los mismos, de la misma manera son menores que las deudas que se tienen como préstamos, hipotecas, pagos pendientes.

Integridad de la empresa

Cuando ocurren situaciones de quiebra de empresas suele afectar al resto de las distintas organizaciones y corporaciones involucradas en el mercado; indiferentemente que para su activación tenga que dividir la compañía y realizar ventas de ellas para poder cubrir algún porcentaje de lo adeudado.

Representación legal

La acción de quiebra es un amparo que se puede justificar y respaldar legalmente, se debe demostrar y hacer referencia de los artículos que lo comprueban porque en ocasiones se ha utilizado con fines de fraude; por lo tanto es necesario que el proceso sea totalmente transparente y objetivo.

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Efectos 

Las consecuencias de una quiebra pueden ser tomadas como punto de referencia antes de emitir el juicio de bancarrota:

  • El deudor queda incapacitado de  poder dirigir sus bienes, dicha administración pasa a mano de una tercera institución llamada síndico o mediador judicial, hasta  que se realice el dictamen, para con el producido  para indemnizar a los demandantes.
  • Se registra la quiebra y se ubica el alejamiento de bienes del fallido de los referentes registros.
  • Las garantías a término pendiente se vuelven vencidas e inmediatamente reivindicatorios.
  • Se establecen los derechos de los acreedores, ya que no se puede optimizar su realidad con sucesión a la declaratoria de quiebra.
  • Acumulan todos los juicios diferidos contra el deudor fallido para ante el magistrado que está conociendo del estado o condición de la empresa.
  • Los acreedores pierden el control de hacer específicamente al deudor fallido.
  • Se le concede al deudor fallido el derecho de pedir ayuda a diferentes medios de acreedores.

Tipos de quiebra empresarial

Dentro de la economía de una empresa se pueden diferenciar dos tipos de quiebra, la voluntaria e involuntaria, a continuación los detalles:

Voluntaria

En cualquier establecimiento que no sea una entidad administrativa o financiera puede formar en su nombre propio una postulación de quiebra; la deuda no es necesaria para mencionar de manera formal el fallido voluntario, ni la empresa tiene que haber infringido en uno de los actos legales de quiebra.

Involuntaria

La quiebra involuntaria la inicia una tercera persona, comúnmente  es efectuada por un acreedor. Se puede formar una solicitud de quiebra involuntaria contra una compañía si se verifica una de las situaciones siguientes:

  • La empresa posee deudas vencidas por un importe que destaca sus capacidades de pago y compromiso con terceros.
  • Demandantes que alcancen probar que tienen solicitudes sin solventar añadidas contra la firma.
  • La compañía ha incidido en un acto de quiebra entre los cuatro meses anteriores a la iniciación de la petitoria de quiebra.

Fraudulenta

Este tipo de quiebra es muy  grave, hace referencia cuando el administrador de la asociación, teniendo presente de lo que está haciendo  siendo actividades que van en contra de la seguridad y sostenibilidad de la firma, los ejecuta con mal propósito; este engaño se conoce técnicamente en derecho como una actitud engañosa.

Liquidación de la empresa

El síndico es el ente encargado  y responsable  por el remate de la empresa, es frecuente que se asignen tres intendentes para poder conformar una comisión asesora anexas de acreedores, la alta magistratura llama a reuniones continuas de prestamistas y  para poder consumar con los bienes se pretenderá en la última reunión señalada.

Dentro de las prioridades del síndico es liquidar todos los bienes activos de la compañía y poder así intercambiar el producto entre los beneficiarios de los reclamos realizados, los cuales han sido presentados delante de los tribunales, que darán el orden de prioridades para la cancelación.

Los gastos de dirección del patrimonio en quiebra, haciendo referencia a los sueldos que han alcanzado los empleados en el período de tres meses y no han sido cancelados por el proceso de la quiebra. Como segundo término a tomar en cuenta, los gravámenes que le corresponde a la empresa en quiebra y se encuentra en calidad de mora con cualquier ente gubernamental.

De la misma manera, cualquier deuda existente en algún servicio público incluyendo el servicio de alquiler. Los reclamos de clientes avalados que toman el producto líquido de la venta de los activos,  en el caso de ser insuficiente para compensar las exigencias certificadas, los acreedores pendientes se transformará en clientes sin cancelar.

Seguidamente  como tercer término a tomar en cuenta, las demandas de clientes  generales y subordinados, cuando no son garantizadas o generales, las solicitudes sin reparar de clientes garantizados; los reclamos de clientes subordinados tienen el mismo trato del general, estos clientes deben cancelar la suma requerida a los clientes prioritarios.

Los asociados destacados que adoptan una suma igual al valor a la par o valor fijado de las acciones preferentes; los accionistas comunes que toman otro remanente de capitales, los cuales se comercializan con base a una igualdad por acción. En el caso de haber categorizado el capital de gestiones comunes pueden existir prioridades.

Proceso de suspensión de pagos

Proceso de suspensión de pagos puede definirse como la situación de una relación laboral, ocasionada por la voluntad de las partes o por la ley, determinada por la destitución transitoria de las obligaciones primordiales de trabajar y retribuir el trabajo, con continuidad del vínculo jurídico.

En los requisitos esenciales de la suspensión se encuentra la eventualidad de la situación existente, el no prestar servicio de trabajo durante el proceso, no gratificación, proceso y continuidad del convenio que por la afluencia de un motivo suspensiva sufre tan sólo una especie de aletargamiento.

El código civil internacional declara en el artículo en su artículo 925 que, «todo negociante que se halle en estado de quiebra debe hacer por escrito la declaración de ella ante el Juez de Comercio de su domicilio mercantil, dentro de los tres días siguientes a la cesación de pagos».

Esta exposición el deudor anexará los siguientes documentos, de conformidad con el artículo 926 del código civil, el Balance General o una manifestación de los motivos que impiden al fallido presentarlo; una mención deducida de las causas de la quiebra. Tanto el escrito, el balance y la memoria deben ser encabezados y firmados por el solicitante bajo el juramento de que son verdaderos de acuerdo en el artículo 927.

El balance deberá dominar la relación y valores de todos los bienes, muebles e inmuebles, y cambios evidentes por la debida ausencia de todos los débitos y créditos, de los gastos y de las ganancias y pérdidas. Estos estados de gastos de ganancias y pérdidas contendrán los diez años anteriores a la quiebra.

Conclusión

En el caso que una empresa o asociación tiene la necesidad de retrasar sus pagos, y consecutivamente prorrogarlos debido a  diferentes inconvenientes económicos; para resolver sus deudas y no ser penado legalmente; puede saldar su negocio de una manera amistosa, asistiendo al tribunal de comercio.

En caso contrario, que no asume sus obligaciones o responsabilidades de forma voluntaria el código de comercio de México ampara los derechos de los demandantes perjudicados quienes  están en la capacidad de unirse para pedir la quiebra  de la empresa, mediante una acción de declaratoria de quiebra ante el tribunal correspondiente.


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