Formulario 22: ¿Para qué sirve y cómo llenarlo?

Formulario 22, es un formato que existe en Chile, para que sus contribuyentes bien sean naturales o jurídicos, presenten la retención de sus gananciales anuales.

Formulario 22

Formulario 22: Para qué sirve y cómo llenarlo?

El denominado Formulario 22, es un instrumento que se debe realizar para cumplir  la obligación de la declaración de rentas anuales. El Formulario 22, es una planilla que se debe tramitar para cumplir requisitos de la Ley de Impuesto sobre la Renta, sobre los gananciales obtenidos y como resultado enterar lo correspondiente al fisco nacional.

Entonces se tiene que el denominado Formulario 22, se emplea para vaciar información detallada de los gananciales anuales, bien sea por una persona natural o un ente jurídico, es un deber como ciudadano cumplir con las obligaciones tributarias, entre los que figuran, Impuesto Global Complementario o Adicional, impuesto anual a la Renta y recuadros informativos.

En todo caso, el monto a enterar va a depender de la diferencia que se obtenga por los pagos provisionales o adelantados que se realicen durante todo el año, los créditos que se puedan usar, determinan el monto a pagar por este concepto, el contribuyente deberá enterar al fisco nacional, o en su defecto, dependiendo del resultado puede que le quede un saldo a su favor que le será reintegrado.

Les invitamos a conocer otro artículo de interés como Cómo se calcula el impuesto único

¿Quiénes deben realizar la declaración de renta anual y pagar impuestos?

En Chile, las empresas y personas, están en el deber de declarar el impuesto sobre la renta y pagar lo correspondiente como resultado de las rentas obtenidos por desarrollo de sus actividades, que se originan de dos fuentes: Fuentes Derivadas de Capital, son los obtenidos por ventas de productos y/o servicios.

El gravamen a las rentas del capital se les da el nombre de impuesto de primera categoría. Fuentes Derivadas del Trabajo, se refieren al salario mensual por prestación de servicios como asesorías; a este tributo se le denomina impuesto de segunda categoría.

¿Quiénes están exentos de presentar la Declaración de Impuestos a la Renta?

Con esta obligación se encuentran exentos los trabajadores dependientes, pensionados, jubilados o montepiados, que estén afectadas al impuesto único de segunda categoría, es decir aquellas personas que no tengan rentas diferentes al sueldo o pensión, y que no estén obligadas de re liquidar anualmente, este tributo por percibir a la vez rentas de más de un empleador.

Entonces se puede concluir también como exentos de pagar impuestos de segunda categoría los siguientes contribuyentes: los pequeños comerciantes que realicen actividades en la calle o vía pública, los vendedores de suplementos, y los pequeños mineros artesanales.

¿Quiénes deben llenar el Formulario 22?

Este Formulario 22, debe ser llenado por todos los residentes o domiciliados en Chile, quienes tienen la obligación de preparar la declaración de la renta, tales como:

  1. Personas que emitieron boletas o facturas de honorarios profesionales.
  2. Los que tuvieron más de un empleador al mismo tiempo, o un empleador y una pensión, o dos pensiones.
  3. El ingreso anual estuvo por encima de los 7.609.464 pesos, y que pertenezca a dividendos, retiros de sociedades, y otros.
  4. Las personas naturales o jurídicas que deseen optar por cierto beneficio que el estado considere el reintegro de los impuestos.

Procedimiento para llenar y descargar el Formulario 22

Existen dos opciones para llenar el Formulario 22, se puede realizar mediante el uso de internet, o en su defecto descargando la planilla lo que se hace directo en papel.

En el caso que el contribuyente decida declarar por internet el Formulario 22, le permite al usuario recibir de forma anticipada, su reintegro, bien sea a través de un depósito bancario directo a su cuenta bancaria, vista o Rut, o también con la emisión de un cheque a su favor, que lo emite la Tesorería General de la República.

Aparte, que el Servicio de Impuestos Internos le propone a los contribuyentes que su declaración en Formulario 22, elaborada con los antecedentes entregados por los Agentes de Retención de Informantes mediante las Declaraciones Juradas respectivas.

¿Qué se declara en la Operación Renta bajo el impuesto de segunda categoría?

Existen rentas e ingresos que ciertas personas o empresas, reciben por distintos conceptos como: honorarios profesionales, intereses, ganancias de capital, alquileres de propiedades y otros ingresos extraordinarios. Estos ingresos deben de ser registrados y declarados en la operación de renta; es recomendable que el impuesto a cancelar, va a depender de la cantidad de los ingresos percibidos. Las tasas varían desde un 0% exento hasta un 35%.

Formulario-22-2

Trámite Online mediante el Sitio Web Servicio de Impuestos Internos

Para elaborar el Formulario 22 en la web, sólo se deben cumplir los pasos que el mismo sistema te va indicando:

Lo primero que debe hacer el usuario es ingresar al apartado trámite en línea. Seleccionar declarar renta; acto seguido, debe escribir el RUT y clave, si fuera el caso que no aparece registrado, necesariamente debe crear una cuenta en el SII.

El sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) muestra una propuesta de declaración de la renta, que la gran mayoría de los contribuyentes se refiere en la información suministradas por las empresas, instituciones o agentes retenedores, y que ésta información se encuentran disponible en las bases de datos del SII.

Desde esta propuesta, automáticamente se genera el denominado Formulario 22, que contiene un resumen de las rentas declaradas del año anterior. Pero, en ciertos casos el SII, únicamente hace entrega de una propuesta parcial, por tal razón el contribuyente está en la obligación de registrar los datos que falten.

De inmediato seleccionar el año tributario a declarar, hacer click en aceptar. En el caso, que la información del contribuyente esté correcta, pero, no tiene correcciones previas que deba realizar, debe pulsar el botón de continuar.

Formulario-22-3

Una vez que ingresa, debe verificar la información que aparece en la pantalla y comenzar a completar los datos solicitados en el Formulario 22; se recomienda que el usuario verifique detenidamente los datos registrados, luego pulsar el botón de enviar. Se debe imprimir la planilla y guardar una copia como respaldo.

Una vez que se ha concluido con todos estos pasos, el trámite ha finalizado, y la declaración de la renta está realizada.

En esta parte, mostraremos los pasos sencillos que se deben realizar para obtener la propuesta del Formulario 22.

Se debe ingresar al sitio correspondiente, hacer click sobre la opción “Mi Sii”.

Ingresar tu RUT y clave que te permita dar acceso a tu cuenta.

En la sección “Mis declaraciones”, se debe seleccionar la opción “Anuales F22”.

Seleccionar el año correspondiente, y si es el caso de registrar declaraciones, hacer clic en “ver más detalle en Consulta Estado de Declaración de Renta”.

Seleccionar el año correspondiente y hacer clic en el botón “Consultar”.

Seleccionar el botón “ver Formulario 22 compacto”.

De inmediato, el sistema mostrará un formulario que puede ser archivado en tu computadora, al seleccionar “ver compacto en PDF”.

Trámite presencial en oficinas del SII

Lo primero que debe hacer una persona, es reunir todos los documentos que contengan los antecedentes.

Presentarse ante una oficina del SII, que se encuentre más cerca de su domicilio.

Explicarle detenidamente a un funcionario la razón de su visita, que permita lo atiendan y preparar la debida declaración del impuesto a la renta.

De manera que pueda realizar el trámite correspondiente y cumplir con la declaración anual de renta.

Si por alguna razón, el contribuyente verifica que existe alguna información que no tiene los datos correctos en cuanto a su situación personal, está en todo su deber de modificar la propuesta.

Se recomienda de ser posible, si fuera el caso, debe comunicarse con su agente retenedor o informante correspondiente, para que le modifique la información señalada en las Declaraciones Jurada de Renta.

¿Cuándo se recibe la devolución de impuestos como contribuyente?

En este caso, todo va a depender especialmente de la diferencia entre las provisiones canceladas durante todo el año, y el monto total que resulte de pagar al final del año por impuestos de rentas mensuales.

Entonces se tiene, si una persona natural, que canceló el impuesto de segunda categoría por los ingresos que ganó durante un año, y si su renta anual líquida supera los 7.609.464 pesos, la persona le corresponde pagar el impuesto, y no recibe ninguna devolución. Las tasas oscilan entre un 4% tasa mínima hasta un máximo del 35%.

Quienes reciben devolución de impuestos, son los contribuyentes que su renta anual está por encima del límite de los 7.609.464 pesos. La persona elabora la declaración de renta anual para recibir el reintegro de impuestos, que corresponde a un 10% del total anual retenido previamente de todas las rentas mensuales que vienen acumuladas.

Es importante, señalar que por primera vez, en relación a la Operación Renta 2020, el Diario Financiero publicó información, que quienes efectúen su declaración, recibirán correos electrónicos con detalles contentivos de cómo el Estado gasto los impuestos cancelados, bien sea en educación, vivienda u otros.

Novedades del Formulario 22

Es importante destacar como información relevante a todos los contribuyentes del impuesto de renta, a través del formulario 22, el estado en fecha 20 de diciembre del 2018, decidió realizar ciertas novedades que se aplicarían a partir del año 2019.

Entre las principales novedades, se destacan la introducción de nuevos recuadros que deben considerar los contribuyentes, haciendo énfasis el recuadro de informar sobre las pérdidas tributarias de ejercicios de años anteriores, que por alguna razón había sido eliminado en el año 2018.

Los recuadros que se agregaron al formulario 22, son los siguientes:

Línea 43: Crédito al IGC o IUSC por Impuesto de Primera Categoría, con derecho a devolución por reliquidación IGC, por término de giro según línea 25.

Línea 49: Impuesto de Primera Categoría de empresas acogidas al Régimen de Renta Atribuida, según la letra a) del art. 14 y de entidades con propietarios afectos a IGC o IA.

Línea 50: Impuesto de Primera Categoría de empresas acogidas al Régimen Semi integrado, según la letra b) del art. 14.

Línea 893: Aumentos efectivos de capital realizados en el ejercicio.

Línea 894: disminuciones efectivas de capital realizadas en el ejercicio.

Línea 1123: crédito por desembolsos directos de trazabilidad.

Línea 1114: renta percibida en el ejercicio por enajenaciones efectuadas en el ejercicio anterior.

Línea 1118: renta líquida imponible negativa del ejercicio.

Línea 1119: Pérdida tributaria de ejercicios anteriores actualizada.

Línea 1120: Gastos por donaciones según art. 37 D.L. Nº 1.939.

Línea 1121: Gastos rechazados de donaciones según art. 37 D.L. Nº 1.939.

Línea 1122: Gastos por donaciones según Ley Nº 21.015.

Línea 1124: Gastos rechazados de donaciones según Ley Nº 21.015.

Estos son los cambios que se introdujeron en 2018:

Línea 5: en esta línea se deben declarar las rentas atribuidas procedentes de empresas acogidas al régimen de renta atribuida y su crédito.

Línea 24: esta línea debe ser registrada cuando el contribuyente afecto.

Línea 27: se utilizará cuando se deba efectuar la restitución del 35% del crédito por IDPC proveniente de retiros, remesas.

Línea 30: debe ser utilizada por personas naturales que declaren IGC por el mayor valor obtenido en la enajenación de bienes raíces agrícolas o no agrícolas adquiridos por sucesión por causa de muerte.

Línea 49: deben utilizar  las empresas y  sociedades que declaren la renta efectiva determinada mediante una contabilidad no completa.

Línea 66: debe ser utilizada por todos los contribuyentes.

Recuadro Nº 2: se elimina el recuadro nº 2, base imponible de primera categoría .

Recuadro Nº3, de datos contables, se reduce.

Recuadro Nº 6, de FUT, se elimina.


Sé el primero en comentar

Deja tu comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

  1. Responsable de los datos: Actualidad Blog
  2. Finalidad de los datos: Controlar el SPAM, gestión de comentarios.
  3. Legitimación: Tu consentimiento
  4. Comunicación de los datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal.
  5. Almacenamiento de los datos: Base de datos alojada en Occentus Networks (UE)
  6. Derechos: En cualquier momento puedes limitar, recuperar y borrar tu información.