Entérate gracias a este post todo sobre la denuncia consumidor, sus mecanismo y medios para interponerla en España.
Índice
Denuncia consumidor
Es un oficio o carta de exposición de motivo que va del consumidor a la administración, con el objeto de dar a conocer algunos hechos que pueden constituir una infracción administrativa en materia de consumo, sin que ello signifique una solución, compensación o resarcimiento de daños en particular.
Quién puede presentar una denuncia
Toda persona es competente, y está en la capacidad civil para consignar una denuncia en materia de consumo, así los hechos no lo afecten directamente, es decir actué como un tercero en cuestión.
Dónde acudir
La Oficina de registro de la Comunidad de Madrid, también en la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid y las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, son los Organismos y entes con competencia para recibir las respectivas denuncias de los consumidores.
Cómo denunciar
Se interpone una denuncia, en donde hay que presentar un escrito, donde debe contener una relación sucinta de los hechos y todas las circunstancias que puedan servir para investigar y probar la veracidad de lo denunciado.
Tramitación de la denuncia por la administración
Después de consignada la denuncia ante el Organismo Competente, el procedimiento será el siguiente:
- Si los hechos y las circunstancias, determinan que no es competentes alguno de estos Organismos se enviara a otro, que manifiesta competencia en la materia; en caso de cometerse alguna infracción, la denuncia será enviada a los servicios de inspección y control para que se realice la investigación que proceda, e inicien, el correspondiente expediente sancionador.
- De existir indicios en la consecución de un delito o de intoxicación, lesión o muerte, se remite el expediente a la fiscalía para que inicie el procedimiento oportuno.
- Cuando Las circunstancias y los hechos denunciados no pueden ser determinadas y/o consideradas como infracción, finaliza el procedimiento y se archiva el expediente, contentivo de la denuncia y las actuaciones.
La reclamación de Consumo
El dueño de establecimiento, tendrá para el consumidor una hoja de reclamo disponible de manera que si este la necesitara para efectuar un reclamo se la suministre y luego el consumidor la consignara en el Organismo competente Dirección General de Comercio y Consumo, para que apertura el procedimiento respectivo. Entre los pasos para la reclamación están:
-
- El consumidor solicita la hoja de reclamos al dueño del establecimiento, Si no se la proporcionan (hecho que puede denunciar a la policía municipal) la puede descargar de internet o conseguirla acudiendo a un organismo de Consumo, o exponer los hechos y circunstancias que reclama por escrito en cualquier hoja de papel.
- El consumidor una vez que tenga plasmada su intención de denunciar, y descritos los hechos y circunstancias, debe consignarla ante el Organismo respectivo de manera que quede constancia de la apertura del procedimiento, independientemente que el dueño del establecimiento se quede con una copia, hay que consignarla.
- Presentada la solicitud del trámite ante el Organismo correspondiente, este informara al dueño del establecimiento de las circunstancias y los hechos contentivos en la denuncia y le solicitara una respuesta satisfactoria en un lapso de quince (15) días. Una vez tomada la respuesta de la empresa o el profesional, se pone en conocimiento al consumidor, teniendo la posibilidad de llegarse, o no, a un acuerdo
- Una vez tomada la respuesta de la empresa o el profesional, se pone en conocimiento al consumidor, teniendo la posibilidad de llegarse, o no, a un acuerdo. En un porcentaje bastante elevado se suelen solucionar de manera satisfactoria.
Si quieres conocer un poco mas de este interesante articulo, te invito a que veas este link Responsabilidad Social Empresarial
Sé el primero en comentar